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11 mayo 2007

La CNMV frenó las inspecciones fiscales a sicavs que usaban 'hombres de paja' como la de Arenillas

La polémica sobre la sicav de Carlos Arenillas, Tagomago II, y la utilización de 'hombres de paja' para acceder a beneficios fiscales tiene más tela que cortar. Todo ello porque el vicepresidente de la CNMV actuó en 2005 como juez y parte en la ofensiva iniciada por los inspectores fiscales contra las sicavs, ofensiva que, debido al papel de la propia CNMV, al final quedó en agua de borrajas.

En la primavera de 2005, Hacienda levantó actas de inspección a numerosas sicavs –el vehículo más popular para gestionar grandes patrimonios por sus ventajas fiscales- por entender que no se las podía considerar instituciones de inversión colectiva (IIC), ya que la mayoría de sus partícipes eran realmente 'hombres de paja', los famosos mariachis, con el fin de alcanzar los 100 partícipes que exige la ley.

Pedro Solbes zanjó esta polémica determinando que era la CNMV y no Hacienda el órgano competente para determinar si cada sicav individualmente cumplía los requisitos para ser considerada IIC y acceder al tipo del 1%. Ahí es donde aparece el conflicto de interés de Arenillas: como vicepresidente del supervisor tenía influencia para decidir si su propia sicav cumplía o no esos requisitos, a pesar de que él también usó mariachis.

Las ventajas fiscales de las sicavs son de dos tipos. Por un lado, en el Impuesto de Sociedades disfrutan de un tipo reducido del 1% sobre las ganancias frente al 35% del resto de entidades. Ese tipo reducido es lo que cuestionaba la Agencia Tributaria en 2005.

Pero la gran ventaja de la sicav para el inversor deriva de su mera existencia, ya que no debe pagar a Hacienda por las plusvalías de cada operación en bolsa, como el común de los mortales. La razón es que no es él el que realiza las operaciones, sino la sociedad (que tributa por ella al citado 1%). El partícipe sólo paga por todo el beneficio acumulado cuando vende sus participaciones en la sicav, lo cual tiene la gran ventaja de diferir en el tiempo la tributación. A veces indefinidamente, puesto que mucha gente no vende nunca y lega la sicav a sus herederos.

Arenillas asumió que no usaba ‘mariachis’

Si no se llega a un mínimo de 100 partícipes y 2,4 millones de euros de patrimonio, no se puede tener una sicav; o mejor dicho, no se puede considerar que la sicav sea una institución de inversión colectiva –como los fondos de inversión-, que son las que tienen las ventajas fiscales. Es decir, el criterio es que la sicav verdaderamente gestione el patrimonio de 100 personas, cosa que no ocurre casi nunca y tampoco en el caso de Arenillas.

En resumen, Arenillas no sólo se benefició del truco legal de los 'hombres de paja' (de dudosa legalidad y, en todo caso, éticamente reprobable), sino que además pudo influir para frenar una eventual inspección fiscal de su sicav –es imposible saberlo porque las actas de inspección son secretas-. En todo caso, el simple hecho de mantener el estatus de IIC con ventajas fiscales para su sicav implica dar por hecho que tiene 100 partícipes de verdad, cosa que no es cierta prácticamente en ninguno de estos instrumentos.

Todo esto al margen de las posibles incompatibilidades en que habría incurrido como alto cargo al gestionar patrimonio de terceros cuando ya era vicepresidente de la CNMV. Hay que recordar que Arenillas no abandonó sus cargos en la patrimonial Tagomago Investments (de la que depende la sicav) hasta 13 meses después de su nombramiento en el supervisor.

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