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28 junio 2007

Los inspectores denuncian trato de favor del Gobierno a hedge fund y sicav

Los inspectores de Hacienda temen que vengan tiempos más difíciles con la norma que se aprobará próximamente. En su escrito enviado al presidente del Gobierno, la asociación califica de “brutal ataque a la profesionalidad y a la independencia” el artículo 188.5 del llamado Reglamento de Aplicación de los Tributos, que obligará a acudir al dictamen de una “comisión consultiva” en los casos de “especial complejidad”. Los funcionarios entienden que ésta será una manera de parar los casos más delicados. “No tiene sentido dicha comisión, pues ahora ya hay vías más que suficientes para que los inspectores puedan resolver los casos complicados”, explica José María Peláez, presidente de la Organización de Inspectores de Hacienda del Estado, una asociación que representa al 90% de los profesionales.

Bruselas denuncia la ley urbanística valenciana (LUV) ante el Tribunal de Luxemburgo

La Comisión Europea denunció este miércoles la Ley Urbanística Valenciana (LUV) ante el Tribunal de Justicia de Luxemburgo (TUE) al considerar que infringe la normativa comunitaria en materia de contratación pública. El Ejecutivo comunitario cree que la LUV no remedia las infracciones detectadas en la polémica Ley Reguladora de la Actividad Urbanística (LRAU), a la que sustituyó en diciembre de 2005, y sigue sin respetar las exigencias de publicidad y transparencia que impone la normativa europea de contratación pública.

"Aunque simplifica el procedimiento de selección de los agentes urbanizadores, la LUV sigue incumpliendo las directivas sobre contratación pública de la UE en varios aspectos", aseguró la Comisión a través de un comunicado. Entre las infracciones detectadas, Bruselas menciona "la situación de los promotores que piden el inicio de un plan de actuación integrada (PAI), el contenido y la publicidad de los anuncios de licitación, algunos criterios de adjudicación del contrato, y la posibilidad de modificar partes del contrato o proyecto seleccionado después de su adjudicación".

El Ejecutivo comunitario denunció además que las autoridades españolas "no han cumplido las obligaciones que les impone el derecho comunitario, al no haber adoptado medidas para impedir que se adjudiquen contratos infringiendo la legislación de la UE". Finalmente, la Comisión constata que existe una "discrepancia" de interpretación sobre la "cuestión fundamental" de "si los PAI son contratos públicos sometidos a las normas de contratación pública de la UE". "Las autoridades españolas mantienen que los PAI no son contratos públicos y que, por consiguiente, ni la LRAU ni la LUV infringen las directivas de la UE. La Comisión mantiene la opinión contraria", señala.

La actuación de Bruselas contra la legislación urbanística valenciana se inició en marzo de 2005 con una carta de emplazamiento en la que se cuestionaba la compatibilidad de la LRAU con el derecho comunitario. Tras recibir un dictamen motivado, la Comunidad Valenciana derogó la LRAU y la sustituyó por la LUV en diciembre de 2005. Sin embargo, la Comisión consideró que la nueva norma seguía vulnerando el derecho europeo y lanzó un nuevo expediente el 4 de abril de 2006 que acaba este miércoles ante el TUE.

Macroproyectos de urbanización

También la Eurocámara ha tratado en varias ocasiones la cuestión del urbanismo valenciano tras haber recibido 15.000 peticiones de ciudadanos afectados por abusos. En los últimos años, ha enviado tres misiones de eurodiputados y ha aprobado en pleno dos informes muy críticos con el Gobierno de la Generalitat.

El último informe fue refrendado por la Eurocámara el pasado jueves por 327 votos a favor, 222 en contra y 35 abstenciones, y en él se expresa la "más enérgica condena y oposición a los macroproyectos de urbanización" en España al considerar que en muchos casos han vulnerado "los derechos fundamentales de las personas".

Los diputados "lamentan profundamente" que estas prácticas se hayan extendido a varias regiones españolas, "especialmente a la Comunidad Valenciana y otras regiones de la franja costera mediterránea, pero también, por ejemplo, a la Comunidad de Madrid".

El texto se elaboró a raíz de la última misión, formada por el laborista británico Michael Cashman y el conservador británico Marcin Libicki, que visitó la Comunidad Valenciana, Madrid y Almería a finales de febrero.


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La burbuja inmobiliaria se pone fea

24 junio 2007

SGAE contra Traxtore: El juez deja a una familia en la ruina

“La justicia ha dicho que debo pagar todo lo que pide SGAE más imposición de costas”

Esto quiere decir que:

- El juez ha sentenciado que debo pagar canon por los mp3 y tarjetas de memoria comprados en el 2002.
- El juez ha sentenciado que debo pagar 1,20 euros por cada DVD adquirido desde el año 2002.
- El juez ha sentenciado que debo pagar 0,24 euros por cada CD adquirido desde el año 2002.
- El juez ha sentenciado que debo pagar el IVA, de todo ello.
- El juez ha sentenciado que debo pagar los intereses de demora.
- El juez ha sentenciado que he de pagar las costas.

El juez ha sentenciado esto a pesar de que SGAE no pudo explicar ni argumentar las cifras recogidas en la auditoría, justificar los errores de cálculo contenidos en la misma.

El juez ha sentenciado esto a pesar de que la prueba documental aportada por SGAE a la demanda eran tan solo media docena de fotocopias entre facturas y abonos, estando una de ellas duplicada.

El juez ha valorado la opinión de SGAE, de que 1,20 euros por DVD es por que “hay gente capaz de meter hasta 4 horas” en este tipo de soportes.

El juez ha valorado la posición de SGAE, que en lugar de explicar los errores contenidos en la auditoría, se limitó a decir que estaba bien hecha y punto, y que no podían dar más explicaciones por que la habían hecho hace tiempo y no recordaban los detalles con exactitud.

El juez ha valorado la apreciación de SGAE de que los mp3 son idóneos, al igual que las tarjetas de memoria y que sobre ellos el retroactivo también es factible.

El juez ha sentenciado todo lo que SGAE pretendía.

La justicia ha hablado y ha condenado a una familia trabajadora, cumplidora, ejemplar con sus obligaciones fiscales, sociales y laborales a la RUINA, a favor de la SOCIEDAD GENERAL DE AUTORES, PARA QUE ESTOS SIGAN ENGORDANDO SUS ARCAS, ADQUIRIENDO PROPIEDADES Y FORTALECIENDO SU MONOPOLIO CON EL APOYO Y SOPORTE INCONDICIONAL DEL GOBIERNO, QUE NO ESCATIMA EN CONCESIONES IMPOSIBLES E IMPENSABLES PARA OTROS CIUDADANOS.

GRACIAS SGAE POR ARRUINARME.

GRACIAS SR. JUEZ POR CONDENAR AL NO COMPRENDER.

GRACIAS GOBIERNO POR APOYAR ESTA ABERRACIÓN.

GRACIAS SRA. CALVO POR SER EMBAJADORA DE LA ENTIDAD PRIVADA QUE MASACRA SIN ESCRUPULOS EN ARAS DE SU PROPIO BENEFICIO.

GRACIAS POR QUE SI LA INJUSTICIA NO FUERA TANTA, QUIZÁS ME PLANTEARIA TIRAR LA TOALLA.

30 mayo 2007

Gana García: TVE tendrá que emitir una rectificación por la retirada de la entrevista con Quintero

Al final no había insultos ni descalificaciones. José María García tenía razón y la juez María Elena Garde ha condenado a TVE a emitir una rectificación tras el telediario de las nueve de la noche y con la misma relevancia con que se difundió en su momento la nota de TVE en el programa La Noche de Quintero, de Jesús Quintero, “sin comentarios ni apostillas”.

García gana. “Ya se vio luego en el video de la entrevista que yo no me metía con nadie ni descalificaba a nadie”, asegura el periodista a El Confidencial. Ahora, TVE deberá leer la nota de rectificación que el periodista envió a la cadena en su momento, dentro de los plazos estimados por la ley.

En esa nota, García asegura que “los hechos que relato son ciertos y las opiniones que expreso respetan en todo momento los límites impuestos por la jurisprudencia constitucional a la libertad de expresión, por mucho que puedan molestar a aquellas terceras personas a las que se refieren”.

Según García, “en la citada entrevista contesto a las distintas preguntas que me formula Jesús Quintero, sobre temas muy diversos, dando mi opinión personal, que se podrá compartir o no, pero que es en todo caso la opinión que yo tengo sobre esos temas, y cuya expresión está amparada en los derechos que reconoce la Constitución”.

La juez, por tanto, no ha atendido el argumento de TVE y de su director, Javier Pons, cuya defensa se ha basado en mantener que las declaraciones que hacía García sobre varias personas eran descalificaciones e insultos que una televisión pública no podía emitir.

Se refiere en concreto TVE a frases que dijo García en esa entrevista como “impresentable”, referidas al presidente de Caja Madrid, Miguel Blesa, o “actitudes mafiosas”, en alusión al ex presidente del Real Madrid, Florentino Pérez. “Lo que ha dicho la juez es que no puede entrar a valorar si esas declaraciones son o no son insultos, pero que García sí tiene derecho a que rectifiquen porque considera que se le ha perjudicado”, asegura el abogado defensor de García.

23 mayo 2007

Varapalo judicial a los sacamantecas de la SGAE

Ricardo Alameda es el dueño de la Sala Beat de Tomelloso. La SGAE mandó detectives a su local y a finales de 2005 le reclamó en el juzgado 2.391,08 euros por realizar "actos de comunicación pública" sin su autorización, algo prohibido, según la Ley de Propiedad Intelectual. Ricardo se niega a darles ni un céntimo. Y el juez le da la razón.

La Sociedad General de Autores alega que la mera existencia de un reproductor ya le da derecho a recaudar. El dueño del bar comenzó a luchar por lo que creía una injusticia, ya que la entidad le reclamaba 120 euros al mes por los derechos de autor de las obras que pone.

El magistrado del Juzgado de Instrucción 4 de Ciudad Real, Antonio Mejía Rivera, admite que no se puede pedir a la entidad de gestión que pruebe que "todas y cada una de las obras musicales utilizadas en establecimientos abiertos al público están dentro de su repertorio", pero sí "que aporte alguna prueba".

El juez añade que la SGAE sólo aportó el informe del detective en el que se afirma que "la música que suena es de actualidad sin hacer ninguna precisión".

Por todo, el pasado septiembre, en una sentencia pionera, el juez consideró acreditado que "en la Sala Beat de Tomelloso no se comunican, emiten o transmiten obras gestionadas por la SGAE, sino, por el contrario, obras musicales de los años cincuenta y sesenta, hoy sólo en soporte vinilo, que se hallan fuera de los establecimientos habituales de comercialización y no son difundidas por programas de radio y/o televisión de difusión general"; absolvió a Ricardo y obligó a la SGAE a pagar las costas.


16 mayo 2007

Bernanke: Regulation and Financial Innovation

En los USA saben cómo se deben regular los mercados: Primero, vamos a marcarnos un objetivo regulatorio sensato, y luego, vamos a ver cómo lo alcanzamos.

Ni todos los hedge funds ni todos los derivados de crédito son peligrosos y/o complejos; y viceversa, no son peligrososy/o complejos sólo los derivados de crédito ni sólo los hedge funds. Por lo tanto, el objetivo de la FED debe ser regular en función del nivel de riesgo y de complejidad, y no del producto de que se trate.

"There are powerful arguments against ad hoc instrument-specific or institution-specific regulation. The better alternative is a consistent, principles-based, and risk-focused approach that takes account of the benefits as well as the risks that accompany financial innovation."

Los principales retos a que se enfrenta en su tarea reguladora son la complejidad de los productos, su iliquidez y su apalancamiento.

Conclusion

Financial innovation has great benefits for our economy. The goal of regulation should be to preserve those benefits while achieving important public policy objectives, including financial stability, investor protection, and market integrity. Although financial innovation promotes those objectives in some ways, for example by allowing better sharing of risks, certain aspects of financial innovation--including the complexity of financial instruments and trading strategies, the illiquidity or potential illiquidity of certain instruments, and explicit or embedded leverage--may pose significant risks. These risks should not be taken lightly.

Devising an appropriate regulatory response to financial innovation is challenging. I have argued today that we should strive to implement a regulatory regime that is principles-based, risk-focused, and consistently applied. Enhancing market discipline can complement and strengthen such an approach. As in the United Kingdom, a principles-based approach is not inconsistent with the use of rules, which can provide needed clarity or a safe haven from legal and regulatory risks. However, rules should implement principles rather than develop in an ad hoc manner. Admittedly, a fully consistent regulatory framework that focuses on the most significant threats to public policy objectives is an ideal that may never be fully realized, either here or abroad. However, determined efforts to work toward such a regime could provide substantial economic and social benefits.

22 febrero 2007

El Congeso aprueba la nueva Ley de OPAs

El Congreso ha aprobado varias modificaciones al proyecto de ley Reforma de la Ley del Mercado de Valores, que obligará a lanzar una OPA por una compañía cuando alguno de sus accionistas haya nombrado a la mitad de los consejeros.

Esta exigencia se une a la que ya contenía el texto inicial, que establecía que también deberá lanzar una OPA todo aquel que supere el 30% de los derechos de voto de una empresa.

También estarán obligados a presentar una OPA aquellos que cuando entre esta normativa en vigor tengan más del 30% del capital en su poder y lo incrementen en más de un 5% en un solo año; cuando sobrepasen el 50% de los derechos de voto, y cuando tras comprar alguna participación adicional lleguen a controlar la mitad del Consejo.

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) podrá dispensar a cualquier accionista de las obligaciones de lanzar una OPA cuando haya otro propietario con más poder en la empresa. La nueva normativa establecerá que las OPAs tengan que presentarse a posteriori, es decir, cuando ya se haya tomado el control de la compañía, en lugar de hacerlo a priori como ocurre con la normativa en vigor.

Según lo aprobado por unanimidad en la Comisión, esas ofertas de compra tendrán que presentarse a un precio que, al menos, iguale el máximo pagado para hacerse con el control de la compañía. La Comisión Nacional del Mercado de Valores podrá modificar este precio si el precio más elevado se ha fijado por acuerdo entre el comprador y el vendedor, si los precios de mercado de los valores han sido manipulados o se han visto afectados por acontecimientos excepcionales, y si se pretende favorecer el saneamiento de la sociedad.

Poderes a los Consejos para defenderse de ofertas extranjeras

Además, la nueva normativa otorgará poderes a los Consejos de Administración de las empresas para defenderse de las ofertas de empresas extranjeras con las mismas armas legales que dispongan estas últimas. Los órganos de administración y dirección, según las enmiendas aprobadas hoy, tendrán que obtener la autorización de la junta general de accionistas antes de emprender cualquier actuación que pueda impedir el éxito de la oferta, con la excepción de la búsqueda de otras opas, y en particular antes de iniciar cualquier emisión de valores que pueda impedir que el oferente obtenga el control de la sociedad.

24 enero 2007

Propiedad, alquiler y fiscalidad

¿por qué los tres millones de propietarios que tienen casas vacías renuncian a una renta regular de alquiler de, por ejemplo, 1.000 euros al mes? La respuesta no es difícil: tienen fuera del mercado su activo porque la norma no despeja la inseguridad jurídica en la relación propietario-inquilino o porque la incentivación del alquiler no es suficiente para vencer la resistencia del propietario, o por ambas cosas a la vez.

El camino no es el castigo a la propiedad, sino un cambio legal eficaz que estimule el mercado de alquiler.

01 enero 2007

El DNI deja de ser necesario en los trámites administrativos

Desde el día 1, los ciudadanos ya no necesitan ir provistos de una fotocopia de su Documento Nacional de Identidad (DNI) cuando vayan a realizar sus trámites con la Administración, ni los extranjeros requerirán de los documentos acreditativos de su identidad.

Esta medida, según los cálculos del Gobierno, supondrá la eliminación progresiva en los próximos años de los más de cuatro millones de fotocopias del DNI que se aportan anualmente, para trámites como los relacionados con Tráfico.

Desde ahora, será el propio departamento ante el que se solicita el trámite el encargado de comprobar, de oficio, la identidad del interesado, que deberá dar su consentimiento. La consulta se realizará con máximas garantías de seguridad y preservando la privacidad de los datos

27 diciembre 2006

La triste obsesión por el control de Internet - Enrique Dans

Mañana, día 27, concluye el plazo para presentar alegaciones al proyecto de Ley de "Impulso" de la Sociedad de la Información (interesante manera de "impulsar" nada), con el que el Gobierno pretende otorgar potestad a los organismos administrativos para clausurar páginas web sin necesidad de que medie para ello un mandamiento judicial. Una posibilidad que, sin ir más lejos, contraviene frontalmente las libertades garantizadas en la Constitución Española, en su Artículo 20.

Es, sin lugar a dudas, uno de los ataques más duros a la libertad de expresión que un Gobierno de este país habrá comentido nunca, al mismo nivel de medidas tan tristemente famosas como la "Ley Corcuera", conocida como la ley de "la patada en la puerta". Y por supuesto, aunque la red ha dado sobradas pruebas de su oposición a este proyecto de ley, los responsables (o mejor, "irresponsables") de su puesta en marcha permanecen completamente al margen de lo que pueda decirse en un medio cuya naturaleza y funcionamiento no sólo desconocen, sino que además hacen gala de desconocer. Pretender controlar Internet, secuestrarlo como quien secuestra un periódico o una emisora de radio, es en sí un intentao tan patético como inútil. Como mucho, lograrán introducir ruido en el sistema, una serie de inconvenientes que habrá que saltarse de la mejor manera posible, engorros que obligarán a los responsables de determinadas páginas web a radicarse en servidores extranjeros, o a no considerar directamente opciones de hosting en nuestro país para evitar caer bajo el ámbito de aplicación de una ley tan injusta como arbitraria. Internet trata la censura como un daño al sistema, y se las arregla para buscar formas de evitarla. De la misma manera que ha ocurrido dentro del sector privado, en el que intentos de censura acaban dando como resultado un impacto mucho mayor de aquella información que se pretendía censurar, una ley como la que se pretende aprobar daría como resultado una amplificación de aquellos contenidos sujetos a una censura que pueda considerarse arbitraria

15 diciembre 2006

Jueces, presidentes de discográficas e idiotas

En la web de la ACAM se hacen eco de una entrevista en La Gaceta de los Negocios donde el presidente de Sony&BMG en España asegura que el auténtico problema de la venta de discos no es Internet sino “la estupidez de quienes, a través de los medios, hacen creer que lo normal es no pagar por la música, que bajarla gratis de internet no es robar.” Y también dice que “se puede ser juez e imbécil; no es incompatible una cosa con la otra” según la página de la ACAM en referencia a la jueza que absolvió a un consumidor porque considerar delito las descargas de música sin ánimo de lucro "implicaría la criminalización de comportamientos socialmente admitidos y además muy extendidos en los que el fin no es en ningún caso el enriquecimiento ilícito, sino el ya reseñado de obtener copias para uso privado."


Comentarios interesantes:

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Más que la noticia (que es una gilipollez viniendo de quienes vienen, una mafia) me llama la atención uno de los enlaces laterales que te lleva aquí http://www.mcu.es/propint/deficult/index.htm [www.mcu.es]

La página principal dice:

Estamos rodeados de ideas
Las leemos, las cantamos, bailamos con ellas
Las ideas nos hacen crecer y vivir y tener buenas ideas
Robarlas es una manera de acabar con ellas
¿No tiene más sentido defender lo que es parte de nosotros?
Defiende tu cultura contra la piratería


No sé qué os parece a vosotros, pero para mí es una copia de cualquier manifiesto pro-libertad de acceso a la información. ¿Qué tal si le añadimos una última línea tal que esta?

¡VOTAD LA ELIMINACIÓN DE BARRERAS ECONÓMICAS! ¡VOTAD NO AL CANON!

O cualquiera de estas otras:

¡VOTAD LA ELIMINACIÓN DE LAS PATENTES QUE LIMITAN EL ACCESO A LAS IDEAS Y, POR LO TANTO, TENER BUENAS IDEAS!
¡VOTAD LA ELIMINACIÓN DEL COPYRIGHT DESPUÉS DE PASADOS 5 AÑOS!
¡VOTAD POR USO DE ESTÁNDARES ABIERTOS EN EL GOBIERNO!

etc. etc. etc...

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Se puede ser presidente de discográfica y un ladrón. No es incompatible.

Se puede privar a todo el mundo el derecho al acceso a la cultura (salvo pago), apropiarse el acervo común para lucrarse de él, conseguir que te reduzcan los impuestos por los beneficios sociales que se venden (ya que todo el mundo disfruta de los beneficios de la cultura que se produce) y sin embargo conseguir que te paguen y aparecer como un defensor de la cultura, manifestándose delante de un ministerio. No es incompatible.

Lo que es incompatible es pretender que la cultura no es un bien cualquiera y que merece reducciones de impuestos y luego exigir que se lo trate como tal en lo referido a la posibilidad de posesión exclusivo, uso privativo o dominio. Cuando se produce la introducción del copyright se hace para que más personas disfruten de las obras publicadas, concediendo un monopolio a UNA INDUSTRIA frente A OTRA INDUSTRIA para protegerla frente al alto coste de la producción.

Lo que es incompatible es pretender limitar el acceso a la cultura (nadie le pide que nos paguen el ADSL ni la luz) por parte de particulares y tener reducciones en el tipo de IVA y en los impuestos.

¡Impuesto de lujo ya e IVA del 16% a cualquier actividad de la industria cultural que no sea la de autoría!

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Suele ser bastante más productivo dedicar sus esfuerzos a adaptarse y no a llorar. Pero bueno, eso demuestra que ser el presidente de algo y no tener ni puta idea de como se dirige ese algo tampoco es incompatible.

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11 diciembre 2006

El teléfono móvil como arma de espionaje

El gobierno de los Estados Unidos ha aprobado un nuevo método para investigar a los miembros del crimen organizado: activar a distancia el micrófono de sus teléfonos móviles para poder escuchar sus conversaciones.

La técnica se denomina "pinchazo ambulante" (roving bug) y los máximos responsables del Departamento de Justicia de los EE.UU. han aprobado su uso contra los miembros de una familia del crimen organizado de Nueva York que desconfiaban de las técnicas convencionales de vigilancia, como el seguimiento de sospechosos o el pinchazo de teléfonos.

La nueva técnica de vigilancia ha salido a la luz en una opinión publicada esta semana por el juez de distrito Lewis Kaplan. El magistrado ha dictaminado que los "pinchazos ambulantes" son legales porque la legislación federal sobre intercepción de teléfonos es lo bastante amplia como para contemplar incluso las escuchas de las conversaciones que se producen cerca del teléfono móvil de un sospechoso.

El año pasado, un artículo del Financial Times indicaba que las operadoras móviles pueden instalar a distancia en cualquier teléfono, y sin conocimiento del propietario del teléfono, un programa de software que active el micrófono incluso cuando el propietario no está realizando ninguna llamada.

Mi comentario: Me parece muy preocupante el nivel de intromisión que alcanza el gobierno USA contra todo el que está a su alcance, no quisiera que pase algo así en Europa. Nos montan películas de terroristas y series como "24 horas", para acojonarnos y que aceptemos de buen grado renunciar a nuestras libertades... ¿y para qué? Yo estoy seguro que si se montan estas cosas, acabarán utilizándose para enterarse de información privilegiada y dar pelotazos bursátiles, para espiar a cónyuges infieles, y para mil cosas inaceptables. ¿Mejorarán nuestra seguridad? ¿O por el contrario, servirán para que los supuestos terroristas puedan infiltrar a alguien y obtener información con la que atacarnos mejor?

07 diciembre 2006

Responsabilidad de quien aloja contenidos

La Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico de 2002 (LSSI), que traspuso en España la Directiva 2002/31/CE de Comercio Electrónico, reguló por primera vez de forma específica el régimen de responsabilidad de estas empresas, con el propósito de paliar la inseguridad jurídica existente en este ámbito.

La Directiva sentó el principio de que los prestadores de servicios de hosting no están obligados a supervisar los datos que almacenan. La LSSI estableció un segundo principio: estas empresas sólo serán responsables por la actividad o los contenidos de terceros que alojan si tienen conocimiento efectivo de que tal actividad o contenidos son ilícitos, y no actúan diligentemente para retirarlos o hacer imposible su acceso.

El supuesto más problemático en la práctica es aquél en que el prestador recibe una notificación de un tercero informándole de que determinadas actividades o contenidos alojados por él vulneran sus derechos y solicitándole que retire el acceso a ellos.

Habrá supuestos en los que la ilicitud del contenido o actividad será evidente, pero no siempre sucede así. Por ejemplo, muchas veces resulta difícil determinar si un contenido vulnera el derecho al honor de una persona (y por tanto es ilícito) o si, por el contrario, está amparado por la libertad de expresión (y por tanto es lícito).

Con la notificación del tercero habrá conocimiento efectivo de la existencia del contenido y de su carácter conflictivo, pero ¿realmente hay conocimiento de que dicho contenido es efectivamente ilícito?

¿Qué debe hacer el prestador de servicios de hosting en estos casos? ¿Retirar el contenido (arriesgándose a incumplir el contrato con su cliente si se determina judicialmente que el contenido es lícito)? ¿No retirarlo en tanto no se le exhiba una resolución de un órgano competente declarando su ilicitud (arriesgándose a incurrir en responsabilidad frente al afectado si la correspondiente resolución determina que el contenido es ilícito)? ¿O debería entrar a analizar la licitud o ilicitud del contenido? En muchos casos, ni siquiera tras un análisis jurídico exhaustivo podrá el prestador determinar de forma concluyente si el contenido es lícito o ilícito.

Esta problemática ha sido abordada en otros países, con soluciones que básicamente son de dos tipos: considerar que, aparte de los supuestos de conocimiento de una resolución judicial, sólo habrá responsabilidad por la no retirada cuando la ilicitud sea manifiesta (Consejo Constitucional francés); y establecer un procedimiento de resolución de conflictos y retirada de contenidos ad hoc (Estados Unidos, Finlandia e Islandia).

Recientemente se ha hecho público el anteproyecto de Ley de Impulso de la Sociedad de la Información que, entre otras cosas, va a modificar la LSSI, aunque de momento sin incidir en la problemática descrita. Quizás esta iniciativa legislativa sea una buena ocasión para despejar la incertidumbre existente en la materia, a cuyo efecto las soluciones de Derecho comparado pueden constituir ejemplos útiles.

Una medida así sin duda serviría de impulso a la sociedad de la información.

08 mayo 2001

El Gobierno de Sudáfrica expropió patentes de fármacos anti-Sida

¿Victoria en Sudáfrica?
La Vanguardia - - 03:31 horas - 08/05/2001
XAVIER SALA I MARTÍN
Hace unos meses, el Gobierno de Sudáfrica decidió suministrar fármacos genéricos para tratar el sida, con lo que expropió los derechos de propiedad intelectual de los inventores y violó el derecho internacional en materia de patentes. No es de extrañar que unas cuarenta multinacionales farmacéuticas llevaran al gobierno a los tribunales. La pugna ha acabado con la victoria del Gobierno de Pretoria y con celebraciones generalizadas por todo el mundo. La verdad es que yo no sé si celebrar esa victoria o no. Por un lado, no hay duda de que es inhumano impedir que millones de seres humanos enfermos mueran simplemente porque son pobres y no pueden pagar el precio de los fármacos patentados. Las empresas farmacéuticas perderán beneficios, eso es verdad, pero si sirve para salvar millones de vidas humanas, ¿quién puede ser tan desalmado como para no alegrarse?

El problema es que no está claro que la derrota de las multinacionales acabe salvando millones de vidas. Es más, hay razones para creer que, si no se hace algo, pueda suceder exactamente lo contrario. Me explico. Si todo en la vida ya estuviera inventado, lo mejor sería que los derechos de propiedad intelectual desaparecieran y que todo el mundo pudiera producir y vender fármacos sin necesidad de pagar derechos a los inventores. Es decir, lo mejor sería dejar producir genéricos incluso antes de que expiraban las patentes. La competencia entre las empresas reduciría los precios hasta niveles asequibles y millones de africanospobres salvarían la vida.

Desgraciadamente, no todo está inventado y, en particular, no lo está la cura del sida. Hay que recordar que los fármacos en cuestión no curan, sino que solamente retrasan la aparición del sida a los portadores del virus HIV. La cura definitiva está por inventar. Es más, incluso esta solución transitoria puede tener una efectividad muy limitada ya que el virus HIV es, según dicen los médicos, muy mutante. Dicho de otro modo, las pastillas que funcionan ahora quizá no lo hagan dentro de unos meses. Y cuando esto ocurra, iremos corriendo a las empresas farmacéuticas para pedirles que inventen nuevos fármacos que funcionen con la nueva mutación. ¿Creen ustedes que las multinacionales lo harán, si sospechan que las vamos a volver a expropiar?

Curiosamente, la respuesta es que quizá sí que lo hagan. Y la razón es que el mercado real para las farmacéuticas es el europeo y norteamericano, donde los portadores del HIV sí tienen los medios para pagar precios elevados. Las empresas piensan que, con el dinero que recauden en los países ricos, ya podrán recuperar la inversión inicial, por lo que seguirán investigando e inventando. Los países pobres sólo tienen que esperar e ir a remolque. En este sentido, puede ser que la expropiación por parte del Gobierno de Pretoria no tenga ninguna consecuencia negativa sobre la investigación en temas de sida.

El talón de Aquiles de ese argumento a favor de la producción de genéricos es que África tiene otro, otros, problemas de salud pública comparables al del sida. Se trata de la malaria, la tuberculosis, el ébola o las fiebres tropicales,que no se dan en los países ricos (ni en gran parte de Sudáfrica, al sur del trópico de Capricornio). Al no ser éstas enfermedades que afecten a los ricos, las multinacionales sólo van a querer tratarlas si ven posibilidades de vender en los países pobres. Incluso se podría dar el caso que las variantes africanas del sida llegaran a ser tan distintas de las americanas y europeas que los fármacos que se aplican aquí no funcionaran allí. Y ahí es donde la expropiación sudafricana puede ser contraproducente, ya que indica que los países pobres también expropiarán los fármacos que curen las demás enfermedades. ¿Consecuencia? Nadie va a invertir ni un duro en investigación de los males específicos de los pobres... y millones de personas van a seguir muriendo.

Nos enfrentamos, pues, a un brutal dilema. Por un lado, si se permite que el Gobierno de Sudáfrica expropie a las multinacionales, se estará salvando a millones de enfermos de sida hoy, pero se puede estar condenando a millones a morir de otras enfermedades el día de mañana. Por otro lado, si no se permite, se da a esperanza a millones de enfermos de mañana, pero se condena a los enfermos de sida hoy.

Una posible escapatoria de este aparente callejón sin salida es la que apunté en un artículo publicado en "La Vanguardia" el 17 de junio del 2000. Se trataría de que los países ricos aportaran dinero a un fondo común para comprar vacunas a precio de mercado, vacunas que se regalarían después a los enfermos de los países pobres. Las multinacionales cobrarían un precio elevado, cosa que les daría incentivos para invertir en I+D y los enfermos pobres tendrían medicamentos gratuitos. Las buenas noticias son que Estados Unidos, el Banco Mundial y algún gobierno europeo ya han prometido miles de millones de dólares para ese proyecto.

Una vez inventados los fármacos, quedarán dos retos por afrontar. Primero, se deberá garantizar que el dinero se utiliza para comprar fármacos y no para otras cosas. Segundo, se deberán encontrar sistemas de distribución de vacunas para que éstas lleguen a la población enferma sin que caigan en manos de los desalmados corruptos que suelen aprovecharse de la miseria de sus compatriotas para hacerse ricos revendiéndolas en los países ricos. Hay razones para ser optimista, pero yo, de momento, no canto victoria.